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2013(e)ko urtarrilaren 14(a), astelehena

CODIGO CIVIL DE ESPAÑA

CUSTODIA COMPARTIDA PARA UN PADRE CONDENADO POR VIOLENCIA DE GENERO

Una juez de Dénia ha concedido la guarda y custodia compartida de un niño a su padre, a pesar de que este había sido condenado “por un delito de lesiones leves en el ámbito de la violencia de género” a la madre, según recoge la sentencia de divorcio del matrimonio, publicada hace dos semanas.

 La madre, María Nieves G., había solicitado la guarda y custodia para sí, con un régimen de visitas para el padre limitado a fines de semana alternos y un día entre semana. La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Dénia aceptó, en cambio, en línea con el fiscal, la petición del padre, Juan Bautista F. Y lo motivó señalando que no estaba acreditado que existiera riesgo para el menor ni para la cónyuge —la madre no alegó tal cosa en el procedimiento, ni al ser preguntada por la juez, señala el fallo—, y que durante el régimen de visitas establecido transitoriamente hasta que hubiese sentencia, no se produjo ningún “incidente” que reflejase peligro.
La juez consideró que, en tal contexto, debía prevalecer “la protección del interés del menor”, concretada en mantener la relación con ambos progenitores.
El progenitor fue sentenciado por un delito de lesiones leves
La magistrada recuerda en el fallo que la ley veta de forma general la guarda conjunta cuando uno de los cónyuges “esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos”. Y también, cuando de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas el juez advierta “indicios fundados de violencia doméstica”. La juez constata que, en este caso, no es que el padre estuviese incurso en un procedimiento penal “sino que ha sido condenado por un delito relacionado con la violencia de género”. Pero se acoge a una excepción contemplada en el mismo Código Civil, que permite obviar las prevenciones anteriores y decretar la guarda compartida “fundamentándola en que solo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”.
La magistrada —que indica en la resolución que la condena por lesiones leves fue dictada por su propio juzgado— cita sentencias del Supremo para concluir que no basta con que un progenitor esté incurso en un procedimiento relacionado con la violencia de género (o condenado), sino que dicha conducta penalmente perseguible debe “comportar un riesgo para los hijos o para el otro” cónyuge. De lo contrario, sigue, “el castigo al progenitor derivaría en un perjuicio para los hijos, que se verían privados de una relación normalizada con uno de sus progenitores sin causa objetiva para ello”.
La sentencia menciona que hay otros dos procedimientos en marcha entre los cónyuges. Una acusación de faltas contra el padre por haber publicado en Facebook el informe forense que se emitió durante el juicio por lesiones leves —“informe en el que se hace constar que se aprecia una lesión en la zona de la sien y ojo derecho que, tras la limpieza con agua, se constata que es maquillaje o colorete que no lleva en el lado contrario”, señala la juez—. Y otro procedimiento contra la madre, impulsado por el padre, por supuesta denuncia falsa por intentar, presuntamente, "incrementar los moratones mediante el uso de maquillaje".

PISOS MUNICIPALES DE ALQUILER SOCIAL PARA LAS PERSONAS DIVORCIADAS

Justo Sáenz Presidente de kidetza:

 "Esta iniciativa demuestra una gran sensibilidad social del Consistorio" 
Justo Sáenz, presidente de la Federación de Padres y Madres Separados, aplaude la iniciativa del Ayuntamiento de Bilbao. 

"Demuestra la gran sensibilidad social del Ayuntamiento de Bilbao", opina, y cree que se debe extender a otros municipios del País Vasco
 Olga Sáez - Sábado, 12 de Enero de 2013 - Actualizado a las 05:34h-DEIA




BILBAO. ¿Cómo valora la propuesta del Ayuntamiento de Bilbao para ofrecer pisos sociales compartidos a personas separadas?

Es una propuesta planteada reiteradamente por Kidetza desde hace más de diez años, ya que el progenitor que tiene que salir del hogar conyugal en el momento del divorcio, frecuentemente no tiene posibilidades económicas para ni siquiera alquilar una vivienda él solo. Por ello, valoramos muy positivamente esta propuesta; sobre todo, teniendo en cuenta también que van a tener un lugar donde poder convivir con sus hijos cuando estén con ellos. Demuestra una sensibilidad social del Ayuntamiento de Bilbao que esperamos se extienda a otros municipios vascos.
¿La vivienda es uno de los principales problemas cuando se atraviesa una crisis de estas características?

En el momento del divorcio, como norma, el progenitor custodio es el 86% de los casos la mujer. Ella se queda con la custodia de los hijos y con el uso de la vivienda hasta que estos se independizan económicamente. El progenitor no custodio, en el 86% el hombre, tiene que salir del hogar conyugal, seguir pagando la mitad del crédito hipotecario y una pensión. Con lo que le queda, debe vivir y buscarse un alojamiento digno. Misión imposible en la mayor parte de los casos. Por ello deben recurrir a sus padres u a otra familia, a alquiler de pisos compartidos, campings, garajes, lonjas e inclusive vivir en el coche. Es de reseñar que esta problemática afecta muy gravemente a la relación de los padres con sus hijos, ya que no tienen una vivienda digna donde alojarse y convivir cuando tienen que estar con ellos. Por lo que la relación entre ambos puede deteriorarse.
Sin embargo, dado el momento que se atraviesa cuando se produce una separación, ¿compartir piso es adecuado?

No es la medida más adecuada, pero es mucho mejor que no tener dónde estar y alojarse. De otra parte, la experiencia que tenemos de este sistema nos demuestra que tiene aspectos muy positivos. La convivencia con otras personas en la misma situación les puede ayudar a superar más rápidamente la crisis emocional, acelera el proceso de resocialización, aprenden a organizarse, compartir, respetarse y a dialogar para resolver los problemas diarios de convivencia. Es una medida que si tiene una labor de coordinación, apoyo y seguimiento de alguna organización del sector, como Agipase realiza en Gipuzkoa, tiene sus aspectos más que positivos.

Ustedes ya habían propuesto algunas medidas. ¿Qué otras sugerencias se han tenido en cuenta?
Sí, al Gobierno vasco y a los ayuntamientos. El Gobierno vasco reconoció el derecho de los divorciados a pedir VPO, en el momento que salieran del hogar conyugal; favoreció a los padres y las madres con custodia compartida e incluyó a las personas divorciadas en un cupo preferente para alquiler social. Asimismo se han tomado diversas medidas fiscales. Propusimos en los tres territorios pisos de alquiler social para personas divorciadas
Es una experiencia pionera en el Estado. ¿Han pedido que se traslade a otros territorios?
En efecto, es una experiencia que es totalmente necesario extender a otros municipios. La crisis económica se ha cebado de forma muy importante en el colectivo. Y no debemos olvidar que hay menores que también sufren las consecuencias. Asimismo, desde Kidetza ofrecemos nuestra colaboración para desarrollar estas iniciativas sociales.

 http://www.deia.com/2013/01/12/bizkaia/bilbao/esta-iniciativa-demuestra-una-gran-sensibilidad-social-del-consistorio